jueves, 25 de julio de 2019

Meliá tacha de "esquizofrénica" la reclamación por sus hoteles en Cuba

MADRID.- "Funambulismo procesal", "ejercicio esquizofrénico", "sinsentido procesal", "grotesco fraude", "torticera"... Los abogados de la cadena hotelera Meliá no han escatimado en adjetivos para describir lo que opinan de la demanda que ha interpuesto la familia de origen cubano Sánchez Hill en la que reclama una indemnización por la explotación de dos hoteles. 

El pleito, revelado por El Confidencial, pone sobre la mesa una indemnización de al menos 10 millones de euros por la explotación de dos hoteles en unos terrenos que les fueron confiscados -no expropiados, pues no hubo compensación económica- a los antepasados de los Sánchez Hill.
Tras recibir oficialmente la demanda el pasado 3 de julio, la compañía ha presentado una declinatoria ante el Juzgado de Primera Instancia nº24 de Palma de Mallorca en la que alega falta de jurisdicción y falta de competencia judicial internacional.
Según explican las fuentes consultadas, la hotelera y sus letrados de Garrigues presentaron un documento de más de 50 páginas en el que cargan con dureza contra la demanda de los Sánchez Hill y añaden que tiene una finalidad "espuria": interponer una futura demanda en Estados Unidos al amparo de la Ley Helms-Burton. 
Además, Meliá cree que este procedimiento no se puede tramitar al estar vetado, según los abogados de la hotelera, por el Estatuto de Bloqueo comunitario.
Por su parte, los Sánchez Hill, que están asesorados por el exmagistrado Rafael Gimeno-Bayón, respondieron la semana pasada con un nuevo escrito impugnando la declinatoria y rechazando los argumentos de Meliá. 
Además, niegan que esta demanda sea la 'antesala' de otro futuro procedimiento en Estados Unidos e insiste en que la demanda no está basada en la Helms-Burton. Sobre la falta de jurisdicción, las mismas fuentes apuntan a que Gimeno-Bayón alega que el principio de territorialidad e inmunidad de los estados no es aplicable porque el Gobierno cubano no actúa como un estado, sino como una persona jurídica a través de Gaviota SA, la sociedad pública dueña de los hoteles que Meliá explota.
Ahora, con los dos escritos presentados, el juzgado debe decidir -previsiblemente en septiembre- si continúa con el proceso en España como piden los Sánchez Hill o acepta los argumentos de Meliá para dar carpetazo al asunto. 
Preguntado por este asunto, desde Meliá señalan que “con referencia a la demanda planteada en Palma por la familia Sánchez Hill, Meliá Hotels International estima la existencia de sólidos argumentos para que la misma sea archivada por razones de jurisdicción y competencia, todo ello sin necesidad de entrar a valorar el fondo del asunto, que esperamos sean tenidos en cuenta también por el tribunal".
Además, la compañía "se reafirma en la plena legitimidad de su actuación como operador turístico en Cuba, y en la gestión impecable y responsable que ha desarrollado en este destino excepcional durante los últimos 30 años, y que continúa desarrollando con total normalidad en la actualidad”.

El argumento del enriquecimiento injusto

Dado que la Ley Helms-Burton no puede ser conocida por los tribunales españoles, el argumento que han utilizado los Sánchez Hill para demandar a Meliá en España es el de reclamación de cantidad por enriquecimiento con causa ilícita. 
Lo que la familia cubana pretende demostrar es que la cadena hotelera se ha beneficiado de la explotación de dos hoteles construidos sobre unos terrenos que fueron confiscados tras el éxito de la Revolución cubana de 1959.
Esta demanda ha sido la primera que se presenta en España tras la activación de la polémica ley, que aunque no es un argumento legal en la jurisdicción española, sirve para entender el momento elegido para articular la reclamación.
Los Sánchez Hill, de origen cubano y hoy residentes en EEUU, eran dueños del ingenio azucarero Central Santa Lucía, una hacienda de 485,6 kilómetros cuadrados localizada en Holguín, al noroeste de la isla de Cuba
Tras la subida de Fidel Castro al poder, el Gobierno confiscó a la familia su hacienda en virtud de la Ley 890 del Gobierno Revolucionario, que permitía la nacionalización de las grandes empresas industriales y comerciales.

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